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Régimen de Zonas Francas: Retos y oportunidades ante incorporación a la OCDE

Nuestro país debe hacerle frente a una serie de retos y oportunidades, entre las cuales se encuentran: la mejora de la red vial y la logística, simplificación y agilización de trámites, una mayor eficiencia del sistema aduanero, mejorar la infraestructura de telecomunicaciones, el transporte e infraestructura aeroportuaria, los costos de servicios para la producción, recurso humano debidamente calificado, la aplicación real de interinstitucionalidad y una mayor confianza hacia el gobierno.

La transformación de una economía de bienes a una de servicios, el panorama fiscal e inflación, la transformación del modelo complementario al modelo de zona franca y la visión exportadora como bloque regional, resultan claves en el panorama económico actual.

Como parte del proceso de incorporación a la OCDE, el régimen de zonas francas ha sufrido una serie de modificaciones, entre ellas:


Ley N° 9531. Modificación a la Ley N° 7210 de Régimen de Zonas Francas sobre promoción de inversión y generación de empleo

  • Reforma de varios artículos de la Ley N° 7210, Ley de régimen de zonas francas, de 23 de noviembre de 1990, y sus reformas, para promover la inversión y la generación de empleo de calidad en la región de Occidente de Alajuela. Diario Oficial La Gaceta No. 78 del 04 de mayo del 2018.
  • Sustituye en los artículos correspondientes de la Ley de Régimen de Zonas Francas, el término Gran Área Metropolitana Ampliada (GAMA) por Gran Área Metropolitana (GAM), con el objetivo de promover la inversión y el empleo en el Occidente de Alajuela.

Decreto Ejecutivo N° 41061-MTSS-COMEX

  • Reforma al Reglamento para potenciar el desarrollo del recurso humano de las empresas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas.
  • Introduce al Reglamento para Potenciar el Desarrollo del Recurso Humano de las Empresas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas, un capítulo 6 relacionado con el tema de cooperación y colaboración interinstitucional entre empresas de zona franca y las instituciones participantes del Comité de Coordinación Interinstitucional, Decreto Ejecutivo N° 3908I-MP-MTSS-COMEX del 16 de junio de 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 144 del 27 de julio de 2015.

Decreto Ejecutivo N° 41346-COMEX-H

  • Reformas al Reglamento a la Ley de Zonas Francas, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 195 del 23 de octubre del 2018.
  • Se adicionan las definiciones para «Actividad Autorizada» y «Empleados Calificados», y se varía la definición de «GAMA» por «GAM».
  • Se modifica el Capítulo II, artículo 5, relacionado con los parámetros de inversiones nuevas iniciales.
  • Se modifica la obligación establecida en el inciso o) del artículo 62, relacionado con las obligaciones obrero-patronales de la C.C.S.S.

Ley N° 9689. Modificación a la Ley N° 7210 de Régimen de Zonas Francas para asegurar el cumplimiento de los estándares internacionales establecidos por la OCDE en el marco de la Acción 5 de BEPS

  • Busca asegurar el cumplimiento de los estándares y criterios internacionales establecidos por la OCDE en el marco inclusivo del Plan de Acción de Lucha contra la Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS, Acción 5), al eliminar el tope del 50% de la comercialización que tienen las empresas de servicios y establecer los requisitos del Índice de Elegibilidad Estratégica de Servicios (IEES).
  • Se establecerá vía reglamento un Índice de Elegibilidad Estratégica para Empresas de Servicios supervisado por el Ministerio de Comercio Exterior y la Promotora de Comercio Exterior que analizará el aporte de la empresa a la economía nacional, la inversión y el pago a los empleados, entre otros cambios.
  • Se reforma el art. 22 de modo que permite introducir en el mercado local la totalidad de sus ventas de servicios (sin limitación porcentual).
  • Se adiciona el art. 3 al Capítulo I “Zonas Francas de Exportación” el cual establece el tratamiento fiscal para las empresas que se encuentren bajo la categoría del art. 17 c), entre otros cambios:
    • Para efectos el Impuesto Sobre la Renta les serán aplicables las exenciones y los beneficios dispuestos en la Ley de Régimen de Zona Franca.
    • Los bienes y servicios que sean destinados al mercado local les serán aplicables todos los tributos al consumo que correspondan.

Decreto Ejecutivo N° 41783-H-COMEX

  • Reforma al Reglamento de Zonas Francas para cumplir con los estándares de la OCDE, en el Diario Oficial La Gaceta No. 114 del 19 de junio del 2019
  • Incorporar las modificaciones y adiciones introducidas por la Ley No. 9689 del 24 de mayo del 2019 para adaptar dicha normativa a los estándares internacionales señalados por el Foro de Prácticas Fiscales Perniciosas de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
  • A través del presente decreto, se adiciona un párrafo final al artículo 82 del Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas, a fin de eliminar el requisito de presentar la proyección de ventas al mercado local, por parte de las empresas beneficiarias del Régimen de Zonas Francas, clasificadas como de servicios.
  • “Artículo 82.—Informe de proyección de ventas. Previo a la realización de estas ventas, la empresa beneficiaria deberá remitir a PROCOMER un detalle de la proyección de ventas que se realizarán durante el período correspondiente, en el formato establecido para tal efecto. PROCOMER deberá remitir por los medios establecidos a la Dirección dicha información. Las empresas de servicios de la categoría c) del artículo 17 de la Ley no deberán remitir a PROCOMER el informe de proyección de ventas al mercado local. No obstante, deberán presentar el informe anual de operaciones a PROCOMER, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 y el inciso d) del artículo 83 de este Reglamento.

Descargue aquí la presentación de esta sesión del Comité de Comercio & IED.

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